Novedades significativas de la Ley 15/2010:
1. Se establece como norma el plazo máximo de pago de las Administraciones Públicas a sus proveedores a 30 días. A partir de 1 de enero de 2.013
2. Se estable como norma entre empresas el plazo máximo de pago a 60 días. A partir de 1 de enero de 2.013
-Cuando se establezca algún tipo de comprobación mediante el cual deba verificarse la conformidad de los bienes o servicios, el plazo de pago se computará desde el día de la recepción de los bienes o servicios y no podrá prorrogarse más allá de los 60 días desde la fecha de entrega.
-Los proveedores harán llegar la factura antes de que se cumplan los 30 días desde la fecha de recepción efectiva de los bienes o servicios,
No obstante, para adecuar los plazos se establece un período transitorio que finaliza el 31/12/2.012, según el siguiente detalle:
1. Las Administraciones Públicas pagarán a sus proveedores:
>> Desde la entrada en vigor de la Ley hasta el 31 diciembre 2.010 como máximo a 55 días.
>> Desde el 1 de enero de 2.011 a 31 de diciembre de 2.011 a 50 días.
>> Desde el 1 de enero de 2.012 a 31 de diciembre de 2.012 a 40 días.
2. Los plazos de pago entre empresas se ajustarán progresivamente, según el siguiente calendario:
>> Desde la entrada en vigor de la Ley hasta 31/12/2011 como máximo a 85 días
>> Desde el 1 de enero de 2.012 a 31/12/2012 como máximo a 75 días
>> Desde el 1 de enero de 2.013, como máximo a 60 días
Las empresas proveedoras y/o subcontratistas de las constructoras de obra civil que mantengan vivos contratos de obra con la Administración, gozarán con carácter excepcional de un calendario de ajuste distinto:
>> Desde la entrada en vigor de la Ley y hasta 31 Diciembre 2.011, pagarán como máximo a 120 días.
>> Desde el 1 de enero de 2.012 hasta 31 de diciembre de 2.012, a 90 días.
>> Desde el 1 de enero de 2.013, a 60 días.
Sin que puedan existir pactos entre las partes por encima de los plazos y fechas reseñados.
Acompañamos enlace al texto íntegro de la Ley 15/2010 publicada en el BOE.